Por Joanna Helm, Arquitecta Brasilera
Por primera vez, los arquitectos brasileros tendrán una reglamentación propia, totalmente desvinculada de la reglamentación profesional de los ingenieros y agrónomos.
Hasta el momento, los arquitectos y urbanistas basileros eran representados por el Confea (Consejo Federal de Ingeniería, Arquitectura e Agronomía) y por los CREAs (Consejos Estatales de Ingeniería, Arquitectura e Agronomía), que además de los arquitectos es responsable por mas de 300 especialidades de ingenieras e agronomía, uno de los motivos por lo cual los arquitectos deseaban su autonomía.
El 30 de diciembre pasado, el ex-presidente Lula, promulgó el proyecto de ley que reglamenta la profesión de arquitecto y urbanista en Brasil y la creación de un Consejo Nacional para estos profesionales, denominado CAU (Consejo de Arquitectura e Urbanismo).
Esta causa de los arquitectos en Brasil, tiene mas de 50 años, y desde 1998 la misión era comandada por el CBA (Colegio Brasilero de Arquitectos) conformado por las cinco entidades de representación nacional: AsBEA (Asociación Brasilera de Escritorios de Arquitectura), IAB (Instituto de Arquitectos de Brasil), FNA (Federación Nacional de Arquitectos), ABEA (Asociación Brasilera de Enseñanza de Arquitectura e Urbanismo) y Abap (Asociación Brasilera de Arquitectos Paisajistas). Con el apoyo de FENEA (Federación Nacional de Estudiantes de Arquitectura y Urbanismo de Brasil), UIA (Unión Internacional de Arquitectos) y FPAA (Federación Panamericana de Asociaciones de Arquitectos).
A partir de la creación del consejo nacional, para ejercer la profesión, el arquitecto y urbanista deberá tener registro profesional en el CAU de su estado, que permitirá su actuación en todo el país.
Arquitectos e urbanistas deberán votar en consejeros regionales y nacionales, y el voto será obligatorio para todos los profesionales. Después de la implementación de los consejos en cada estado, arquitectos y urbanistas deberán registrarse obligatoriamente en el CAU para o ejercicio de su profesión.
Las atribuciones profesionales, entretanto, a principio continuarán las mismas que dispone que entre las tareas de los arquitectos: están, la dirección de obras y la elaboración de presupuestos , sea en proyectos de arquitectura, de la arquitectura de interiores, paisajista o del planificación urbana, entre otros. Además algunas actividades serán oficialmente divididas con especialistas de otras áreas.
En los próximos días, las entidades que actuarán a favor de la creación del Consejo divulgarán nuevas informaciones sobre las atribuciones del CAU. El Consejo pasará a existir después del primero de enero de 2012..
Links de interés: www.cau.org.br/ www.youtube.com/watch?v=XqHi3WhII5k&feature=related